Información económica y presupuestaria

Los presupuestos generales de las entidades locales constituyen la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la entidad y sus organismos autónomos, y de los derechos que prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio.

  1. El presupuesto de la entidad local será formado por su presidente y a él habrá de unirse la siguiente documentación :
    • Memoria explicativa de su contenido y de las principales modificaciones que presente en relación con el vigente.
    • Liquidación del presupuesto del ejercicio anterior y avance de la del corriente, referida, al menos, a seis meses del ejercicio corriente.
    • Anexo de personal de la entidad local.
    • Anexo de las inversiones a realizar en el ejercicio.
    • Un informe económico-financiero, en el que se expongan las bases utilizadas para la evaluación de los ingresos y de las operaciones de crédito previstas, la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles y los gastos de funcionamiento de los servicios y, en consecuencia, la efectiva nivelación del presupuesto.

Se publican las Modificaciones presupuestarias aprobadas por el Pleno.

Estado de ejecución del Prespuesto

Cumplimiento de objetivos de la estabilidad presupuestaria

Autonomía fiscal (Derechos reconocidos netos de ingresos tributarios / Derechos reconocidos netos totales).

Capacidad o necesidad de financiación en términos de estabiliodad presupuestaria

Liquidación de presupuesto

Cuentas anuales

Masa salarial